Las indemnizaciones laborales pueden generar implicaciones fiscales significativas para los trabajadores, especialmente cuando exceden los límites establecidos por la normativa. Comprender las reglas que determinan su tributación en el IRPF es clave para evitar errores y maximizar las ventajas fiscales disponibles.
En este artículo, te explicamos en detalle qué indemnizaciones están exentas, cuáles tributan y cómo aplicar deducciones para reducir tu carga fiscal.

Indemnizaciones exentas de IRPF
Cuantías obligatorias
Las indemnizaciones por despido están exentas de IRPF dentro de los límites establecidos en el Estatuto de los Trabajadores (ET):
- Despido improcedente: Hasta 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
- Despidos colectivos u objetivos: Hasta 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.
- Indemnizaciones transitorias: Contratos anteriores al 12 de febrero de 2012 permiten el cálculo de 45 días hasta esa fecha y 33 días a partir de entonces, con un límite de 42 mensualidades.
Límite máximo exento: La cantidad total exenta no puede superar los 180.000 €, según el artículo 7.e de la Ley del IRPF.
Requisitos para la exención
- Real y efectiva desvinculación laboral: No aplica si el trabajador vuelve a la empresa (o una vinculada) en los tres años siguientes.
- Acto de conciliación: En despidos disciplinarios, la improcedencia debe reconocerse formalmente para garantizar la exención.
- Indemnizaciones pactadas: Las cantidades que superen los límites obligatorios tributan como rendimientos del trabajo.
Indemnizaciones que tributan en el IRPF
Cuando la indemnización excede los límites legales o incluye acuerdos adicionales, las cantidades sobrantes tributan como rendimientos del trabajo. Sin embargo, estas pueden beneficiarse de una reducción del 30% si cumplen los siguientes requisitos:
- Duración del contrato superior a dos años.
- Percepción irregular en un único periodo fiscal.
Ejemplo práctico
Un trabajador despedido recibe una indemnización de 35 días por año trabajado, aunque el límite exento es de 33 días. Los dos días adicionales tributan como rendimiento del trabajo, pero pueden beneficiarse de la reducción del 30% si se cumplen las condiciones.
La reducción del 30%: claves para aplicarla
El artículo 18.2 de la Ley del IRPF permite aplicar una reducción del 30% a ciertos rendimientos irregulares, como indemnizaciones laborales, para suavizar su impacto fiscal.
Requisitos principales
- Periodo de generación: Superior a dos años.
- Imputación en un solo ejercicio fiscal.
- Límite de la reducción: Aplica a la parte de la indemnización que excede los 180.000 €, con un máximo de 300.000 € anuales.
- Restricciones: No se puede aplicar si en los cinco años anteriores ya se utilizó esta reducción.
Tramos para indemnizaciones altas
- Entre 700.000 y 1.000.000 €: La base de la reducción se reduce proporcionalmente.
- Más de 1.000.000 €: No aplica reducción.
Casos prácticos
Caso 1: Despido objetivo:
- Indemnización: 250.000 €.
- Límite exento: 180.000 €.
- Exceso sujeto a IRPF: 70.000 €.
- Reducción: 30% sobre 70.000 € → Ahorro fiscal: 21.000 €.
Caso 2: Indemnización alta con ajuste progresivo:
- Indemnización: 900.000 €.
- Límite exento: 180.000 €.
- Exceso sujeto a IRPF: 720.000 €.
- Base de reducción ajustada: 300.000 – (720.000 – 700.000)=280.000 euros.
- Reducción aplicable: 30% sobre 280.000 € → Ahorro fiscal: 84.000 €.
Caso 3: Indemnización superior a 1.000.000 €:
- Indemnización: 1.200.000 €.
- Límite exento: 180.000 €.
- Exceso sujeto a IRPF: 1.020.000 €.
- Reducción: No se aplica reducción, el 30% no es válido.
Casos específicos
Despidos colectivos por causas económicas, técnicas, organizativas o de fuerza mayor:
- Las indemnizaciones dentro de los límites legales están exentas.
- Los importes adicionales pactados tributan.
Jubilación anticipada derivada de un ERE
- Las indemnizaciones suelen tributar, salvo que el trabajador quede en situación legal de desempleo.
Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo
- Indemnizaciones de hasta 20 días por año trabajado (máximo de 9 meses) están exentas si cumplen los requisitos legales.
Relaciones laborales especiales
- Directivos, deportistas y empleados del hogar tienen reglas específicas según cada caso.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si la indemnización supera los 180.000 €?
El exceso tributa como rendimiento del trabajo, y la reducción del 30% se ajusta o no aplica según los tramos de la indemnización.
¿Qué ocurre si el trabajador vuelve a la empresa?
Si el empleado regresa a la empresa en los tres años siguientes, deberá tributar la indemnización inicialmente exenta mediante una autoliquidación complementaria.
Recomendaciones clave
- Formaliza acuerdos correctamente: Garantiza que el acto de conciliación cumpla los requisitos para la exención fiscal.
- Evalúa límites y beneficios: Verifica si tu indemnización supera los límites exentos.
- Consulta con un experto: Cada situación tiene particularidades fiscales que deben analizarse para evitar errores.
¿Tienes dudas sobre cómo afecta tu indemnización al IRPF?
Rellena el formulario que encontrarás más abajo y un experto de nuestra asesoría fiscal te ayudará a optimizar tu situación tributaria. ¡Estamos aquí para ayudarte!