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Fin del decreto antiapagón: se anulan las medidas fiscales para energías renovables

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El Congreso ha tumbado el Real Decreto-ley 7/2025, dejando sin efecto una serie de medidas fiscales que favorecían la instalación de tecnologías limpias y el impulso del sistema eléctrico. Si tenías planes de acogerte a bonificaciones en el IBI, ICIO o IAE por inversiones energéticas, ten en cuenta que estas ventajas han quedado oficialmente anuladas desde el 24 de julio de 2025.

Este Real Decreto-ley, aprobado en junio como respuesta urgente a la crisis eléctrica del pasado abril, ha tenido una vida política muy breve. La falta de respaldo parlamentario en la sesión del 22 de julio ha provocado su derogación, publicada en el BOE dos días después.

A continuación, analizamos qué efectos prácticos tiene esta decisión y cómo puede afectarte.

Qué medidas fiscales han quedado sin efecto con la derogación del Decreto-ley 7/2025.

Las bonificaciones fiscales introducidas por el decreto afectaban directamente a quienes planificaban inversiones energéticas sostenibles. Estas son las principales medidas que han quedado suspendidas:

1. Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Se anula la modificación que permitía excluir la potencia instalada de hornos y calderas eléctricos del cálculo de la cuota. Esta excepción desaparece, y la potencia vuelve a computar como antes de la entrada en vigor del decreto.

2. Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Queda sin efecto la reforma del artículo 74.5 del TRLHL, que permitía a los ayuntamientos ofrecer bonificaciones de hasta el 50 % en el IBI por la instalación de sistemas de energía ambiente, como la aerotermia. La única bonificación vigente vuelve a ser la prevista para sistemas solares.

3. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO)

También se elimina la opción de que los ayuntamientos aplicaran bonificaciones de hasta el 95 % en el ICIO para obras que incorporasen tecnologías de energía ambiente. Esta medida era una palanca clave para promover proyectos sostenibles, que ahora se frena en seco.

📌 Importante: estas medidas fiscales dejaron de tener validez el 24 de julio, fecha de publicación oficial de la derogación.

Otras disposiciones del decreto que también han quedado anuladas

Además de las medidas fiscales, la derogación implica la pérdida de validez de otros mecanismos diseñados para reforzar el sistema eléctrico y acelerar la transición energética. Entre ellos:

  • Simplificación en los trámites de acceso y planificación de red.
  • Penalización por no utilizar la capacidad asignada.
  • Apoyos económicos específicos para industria electrointensiva.
  • Fomento del autoconsumo y de la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
  • Inclusión expresa de la aerotermia, geotermia y bombas de calor como energías renovables dentro de comunidades de propietarios (modificación de la Ley de Propiedad Horizontal).
  • Cambios en el régimen de horas equivalentes para renovables en situaciones de precio nulo o negativo.

En conjunto, estas disposiciones formaban un paquete ambicioso orientado a impulsar la electrificación del país. Pero su falta de convalidación ha interrumpido de golpe su aplicación.

¿Qué puedes esperar ahora?

Aunque el Decreto-ley 7/2025 ya no tiene efectos, es posible que algunas de estas propuestas se recuperen por vía legislativa ordinaria o mediante futuros decretos. Por eso, si tenías previsto beneficiarte de estas medidas fiscales, es clave que revises tu estrategia con rigor.

Desde nuestra asesoría podemos ayudarte a:

  • Evaluar el impacto real de la derogación en tu empresa o proyecto.
  • Analizar alternativas fiscales vigentes a nivel estatal, autonómico o local.
  • Prepararte ante posibles cambios normativos si el legislador decide retomar estas iniciativas.

No tomes decisiones sin revisar cómo te afecta este giro legal: consúltanos ahora y adapta tu planificación fiscal con seguridad.

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