Asesoría para sociedades y autónomos

Modelo de autoliquidación 540 del impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas

ORDEN VEH/123/2019, de 20 de junio, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación 540 del impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas.

De acuerdo con la Ley 6/2017, del 9 de mayo, del impuesto sobre los activos no productivos de las personas jurídicas, el impuesto se configura como un tributo propio de la Generalidad de Cataluña, y tiene por objeto gravar los bienes no productivos y determinados derechos que recaen sobre estos cuando forman parte del activo del sujeto pasivo.

Personas obligadas a presentar el modelo 540

Están obligadas a presentar la autoliquidación, modelo 540, las personas jurídicas y las entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyen una unidad económica o patrimonio separado susceptible de imposición que, de acuerdo con la normativa del impuesto, tienen la consideración de sujetos pasivos por la tenencia, a la fecha de devengo del impuesto, de determinados activos no productivos situados en Cataluña.

Forma y plazos de presentación e ingreso de la autoliquidación

La presentación de la autoliquidación del modelo 540 se realizará telemáticamente, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Cataluña y se debe efectuar el ingreso correspondiente por alguna de las formas habilitadas por la Agencia Tributaria de Cataluña, entre los días 1 y 30 del mes de junio siguiente a la fecha de devengo del impuesto.

El plazo de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del modelo 540 correspondientes a los ejercicios 2017, 2018 y 2019, será entre el 1 de octubre y el 30 de noviembre de 2019.

En vigor desde el día 27 de junio de 2019.

TEXTO COMPLETO:

Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.


Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.


Legitimación: consentimiento del interesado.


Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD


Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control


Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

Recordatorio impuestos julio 2026
Recordatorio impuestos julio 2026

Le recordamos que en el próximo mes de julio debe hacer la presentación del IVA, de las retenciones a cuenta de Renta y Sociedades y del pago fraccionado de Renta (en este caso para empresarios y profesionales en estimación directa y objetiva), de la declaración del Impuesto sobre Sociedades del

Leer más »
deducción IVA recarga vehículo eléctrico
¿Puede deducirse un profesional el gasto de electricidad consumida en la recarga de un vehículo eléctrico que utiliza en su actividad?

Cada vez más profesionales están incorporando el coche eléctrico a su día a día. Lo que no siempre está tan claro es hasta qué punto el gasto en electricidad puede considerarse deducible. Hay decisiones que parecen puramente operativas, casi de sentido común, como pasarse al vehículo eléctrico para trabajar. Sin

Leer más »