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Ordenación del Sistema de Formación Profesional

Este Real Decreto 659/2023, que entró en vigor el día 23 de julio, tiene por objeto el desarrollo de un sistema único e integrado de Formación Profesional regulado por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

La Ley Orgánica requiere ser desarrollada, dando cobertura reglamentaria a la concreción de la flexibilización y accesibilidad del sistema planteadas, para que las administraciones responsables del desarrollo de las políticas en materia de Formación Profesional y su gestión desde cada comunidad autónoma trabajen conjuntamente, garantizando una oferta suficiente y adecuada de Formación Profesional, tanto para estudiantes como para personas trabajadoras, en todos y cada uno de los Grados previstos en el sistema, permitiendo el establecimiento de itinerarios formativos, que les acompañen, desde antes de acabar su escolaridad obligatoria y a lo largo de su vida laboral, y que concluya en la generalización de una nueva cultura del aprendizaje.

Este Real Decreto 659/2023 viene a establecer la ordenación del Sistema de Formación Profesional, que garantice un régimen de formación y acompañamiento profesionales, sirva al fortalecimiento y sostenibilidad de la economía, sea capaz de responder con flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas a lo largo de su vida y a las competencias demandadas por el mundo laboral, desde la necesaria confluencia y trabajo conjunto y compartido de las administraciones responsables en esta materia en cada una de las comunidades y ciudades autónomas.

El Real Decreto 659/2023 se constituye en el marco para la progresiva adaptación del Sistema de Formación Profesional a las exigencias y las necesidades del país, de cada territorio, de cada sector y de cada colectivo, asegurando coherencia entre ellos y sinergias para alcanzar el objetivo de una cualificación profesional de calidad, con la necesaria cooperación de las administraciones que cuenten entre sus competencias con la de la Formación Profesional.

El presente Real Decreto 659/2023 se estructura en diez títulos que desarrollan los siguientes aspectos:

Título preliminar: Disposiciones de carácter general con objeto, finalidades y función.

Título I: Que ordena las modalidades de Formación Profesional, tales como sus grados y organización, aspectos del currículo, estructura de los módulos profesionales, aspectos comunes de las ofertas formativas, planificación, programación y coordinación de las ofertas, así como sus modalidades.

Título II: Dedicado a los grados que configuran el Sistema de Formación Profesional, en el que se regulan y describen pormenorizadamente los aspectos regulatorios de cada uno de los grados A, B, C, D y E, así como otros relativos a la evaluación.

Título III: Relativo a las acreditaciones, certificaciones y títulos de Formación Profesional. Desarrollo de los aspectos generales, las vías de obtención, validez y efectos, registro y expedición.

Título IV: En el que se contemplan los aspectos correspondientes a la formación en empresa u organismo equiparado.

Título V: En el que se establecen aquellos aspectos complementarios a la normativa ya existente regulatorios del profesorado, personal formador y expertos. Se incluyen los requisitos exigibles, las condiciones para el acceso y desempeño del servicio educativo y/o formativo y formación permanente, entre otros. Además, se establecen otros perfiles de colaboradores.

Título VI: En este título se procede a ordenar y actualizar el procedimiento de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral, y otras vías no formales de formación que venía estando en vigor desde el año 2009 y que requiere de un proceso de adaptación a la realidad del presente. A este respecto, se establecen la finalidad y características, la organización y gestión, y las fases e instrucción del procedimiento.

Título VII: Dedicado a la orientación profesional en el Sistema de Formación Profesional. Se fijan el cometido de la orientación profesional, el contenido y los momentos de orientación. Se establece cuáles son los agentes proveedores y la estructura y protocolos de actuación, así como la estrategia de orientación, el seguimiento y la evaluación del servicio de orientación.

Título VIII: Relacionado con los centros que realizan ofertas de Formación Profesional, incluyendo la autorización administrativa y distinguiendo la oferta en territorio español y en centros en el exterior. Se incluyen, asimismo, los aspectos básicos del régimen de funcionamiento de los centros y las modalidades de desarrollo de la innovación, investigación aplicada y emprendimiento, incluyendo la dimensión internacional.

Título IX: En el que regulan los aspectos relacionados con la calidad y evaluación del sistema a nivel estatal y en los propios centros en que se realizan las distintas ofertas.

Título X: Sobre la gobernanza del sistema, incluyendo la regulación de la naturaleza y funciones del Consejo General de la Formación Profesional para adaptarlo al nuevo modelo previsto en la Ley Orgánica 3/2022.

La norma permitirá ampliar la oferta en más de 9.000 formaciones de muy diversas duraciones y tipologías, estructuradas en grados. Desde las llamadas «microformaciones» (grado A), hasta los títulos de FP y los cursos de especialización o másteres de la Formación Profesional (grado D y E, respectivamente). Todas ellas formarán parte de módulos con validez y reconocimiento dentro del sistema de FP y serán acreditables. Además, contempla el diseño de itinerarios integrados en los que se podrán combinar ciclos de diferentes grados y ofertas de doble titulación internacional.

Alguno de los aspectos más relevantes que introduce este Real Decreto 659/2023 son:

Asegura el carácter dual de la nueva FP con formación en el centro y en la empresa en periodos de más calidad y mayor duración. Se establecen las funciones del tutor dual de centro y del tutor dual de empresa.
 
Agiliza la acreditación de competencias profesionales.
 
Establece una estrategia de orientación profesional e impulsa la internacionalización y el trabajo conjunto entre profesorado, centros y alumnado con otros países.
 
Incluye nuevos módulos en todos los ciclos de Grado Medio y Grado Superior que abordan aspectos clave para la economía actual como la digitalización, la sostenibilidad, el inglés técnico o la empleabilidad.
 
Establece un nuevo modelo de centro especializado e integral con ofertas de formación tanto para jóvenes como para trabajadores, con varias figuras nuevas como el responsable de innovación, el de internacionalización o el coordinador del servicio de orientación profesional.
 
Incorpora otros nuevos perfiles en el sistema de FP como los expertos de empresa, que podrán impartir docencia; el experto/a sénior de empresa, que podrán incorporarse a los equipos docentes; y los prospectores de empresas, que facilitarán el contacto entre el centro y las empresas del entorno.

Ayudas para la formación de trabajadores

El Consejo de Ministros también ha autorizado las convocatorias de ayudas para acciones formativas vinculadas al Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales por valor de 128.036.601,20 euros y que permitirán formar a entre 25.000 y 70.000 personas, según el número de horas de formación. Está previsto que se publiquen el próximo mes de septiembre.

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