Asesoría para sociedades y autónomos

Régimen de establecimiento y funcionamiento de los Puntos de Información Catastral

Resolución de 15 de enero de 2019, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los Puntos de Información Catastral.

Mediante esta Resolución, que entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE, se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los Puntos de Información Catastral, y se deroga su regulación anterior, la Resolución de la Dirección General del Catastro de 24 de noviembre de 2008 por la que se aprueba el régimen de funcionamiento de la Oficina Virtual del Catastro y de los Puntos de Información Catastral, en lo que se refiere al régimen jurídico de los Puntos de Información Catastral.

En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Resolución, la Dirección General del Catastro realizará las actuaciones que resulten precisas para la disponibilidad de todos los servicios enumerados en el apartado segundo de la presente Resolución y para la adaptación al nuevo régimen de los Puntos de Información Catastral existentes con anterioridad a aquella fecha.

Las nuevas demandas de información catastral y de prestación de nuevos servicios han aconsejado revisar y potenciar las facultades de actuación de los Puntos de Información Catastral. La Resolución de la Dirección General del Catastro de 24 de noviembre de 2008 sobre el régimen jurídico de los Puntos de Información Catastral, a la que viene a sustituir parcialmente la presente Resolución, contemplaba un régimen de establecimiento y de funciones que se ha visto sobrepasado por las nuevas necesidades de los ciudadanos, así como por los continuos avances tecnológicos y por la aprobación de nuevas normas reguladoras de los procedimientos, en particular, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La extensa y consolidada red de Puntos de Información Catastral es el obligado punto de partida para la autorización de sus novedosas funcionalidades. Así, la nueva Resolución, amparada en la prescripción establecida en el artículo 72.1 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, presta cobertura normativa no sólo a las funcionalidades básicas de los Puntos de Información Catastral que ya venían asumiendo estos, sino también a las nuevas que, con carácter voluntario, gradual y justificadamente, puedan asumir tanto los Puntos de Información Catastral ya existentes como los de nueva creación, sin perder su esencia de intermediarios entre los ciudadanos y la Administración, facilitando, en todo caso, la prestación de servicios y el cumplimiento de obligaciones.

También se aborda el tratamiento del usuario gestor del PIC, que requiere contar con la condición de empleado público y que se encuentra sujeto a una formación previa, continua y permanente para realizar las actuaciones que le son propias.

Por otra parte, la Resolución prevé un extenso régimen de responsabilidades por la gestión de los Puntos de Información Catastral, así como un amplio control de actuaciones.

La presente Resolución garantiza, además, la plena observancia de las normas de protección de datos de carácter personal, así como la normativa de protección de datos catastrales y la relativa a la propiedad intelectual.

TEXTO COMPLETO:

Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.


Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.


Legitimación: consentimiento del interesado.


Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD


Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control


Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

Aviso de presentación de modelos y plazos de declaración.
Aviso de presentación de modelos y plazos de declaración.

IRPF, IVA, Sociedades y otras obligaciones informativas. Enero y Febrero 2026 Le recordamos que el próximo día 20 de enero es la fecha límite para presentar y en su caso proceder al ingreso del 4 TRIMESTRE del 2025 correspondiente a las retenciones e ingresos a cuenta de Renta y Sociedades correspondientes a rendimientos del trabajo, actividades

Leer más »
Liquidar una sociedad con socios extranjeros
Liquidar una sociedad con socios extranjeros

En la práctica una situación bastante habitual es que una sociedad limitada española se disuelva, liquide su patrimonio y reparta el remanente entre los socios. Hasta aquí, nada especialmente llamativo. La particularidad aparece cuando uno de esos socios no reside fiscalmente en España. Este caso ha sido analizado por la Dirección General

Leer más »
asesoria-para-sociedades-y-atuonomos-modificar-impuesto-sociedades
No se toca lo que ya prescribió: Hacienda no permite ajustar ejercicios cerrados aunque descubras errores

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha vuelto a poner sobre la mesa un mensaje muy claro para empresas y autónomos: cuando un ejercicio fiscal está prescrito, no puede modificarse bajo ninguna circunstancia, aunque aparezcan ingresos olvidados o gastos no registrados. La contabilidad se podrá corregir, pero el impacto fiscal

Leer más »
asesoria-para-sociedades-y-autonomos-operaciones-vinculadas
Modelo 232: el paso que no puedes saltarte si haces operaciones con socios, familiares o empresas del grupo

Cada noviembre llega una obligación fiscal que pasa desapercibida para muchos negocios, pero que puede acarrear consecuencias importantes si se ignora: la declaración de operaciones vinculadas a través del modelo 232. Préstamos entre socios, alquileres entre empresas del mismo grupo, compraventa con familiares… Si este tipo de relaciones forman parte

Leer más »