Asesoría para sociedades y autónomos

Modificación de la Norma Internacional de Información Financiera 3 “Combinación de negocios”

Reglamento (UE) 2020/551, de la Comisión, de 21 de abril, por el que se modifica el Reglamento (CE) n 1126/2008, por el que se adoptan determinadas normas internacionales de contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) n.1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la Norma Internacional de Información Financiera 3.

El 22 de octubre de 2018, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (CNIC) publicó Definición de un negocio (Modificaciones de la NIIF 3) con el fin de responder a las preocupaciones surgidas a raíz de la revisión posterior a la aplicación de la NIIF 3 Combinaciones de negocios sobre los problemas de aplicación de la definición en la práctica. Las modificaciones tienen por objeto aclarar la definición de negocio con el fin de facilitar esa aplicación práctica.

A raíz de ello se ha publicado en el DOUE el Reglamento (UE) 2020/551, de la Comisión, de 21 de abril, por el que se modifica el Reglamento (CE) n 1126/2008, por el que se adoptan determinadas normas internacionales de contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) n.1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la Norma Internacional de Información Financiera 3.

De acuerdo con esta modificación un negocio (Anexo A) se define como:

Un conjunto integrado de actividades y activos dirigidos y gestionados con el fin de suministrar bienes o prestar servicios a los clientes, generar ingresos de inversión (tales como dividendos o intereses) o generar otros ingresos por actividades ordinarias.

Dentro de la guía de aplicación incluida en el Anexo B se modifican aspectos relacionados con la Identificación de una combinación de negocios (aplicación del párrafo 3). Concretamente:

  • Se modifican los párrafos B7 a B9, B11 Y B12.
  • Se añaden los párrafos B7A a B7C, B8A y B12D
  • Se elimina el párrafo B10

Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.


Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.


Legitimación: consentimiento del interesado.


Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD


Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control


Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

deducción IVA recarga vehículo eléctrico
¿Puede deducirse un profesional el gasto de electricidad consumida en la recarga de un vehículo eléctrico que utiliza en su actividad?

Cada vez más profesionales están incorporando el coche eléctrico a su día a día. Lo que no siempre está tan claro es hasta qué punto el gasto en electricidad puede considerarse deducible. Hay decisiones que parecen puramente operativas, casi de sentido común, como pasarse al vehículo eléctrico para trabajar. Sin

Leer más »
legalizar libros contables
En abril tocan legalizar los libros contables y societarios

Recuerde que el 30 de abril es la fecha límite en la que las sociedades mercantiles, cuyo ejercicio social se cierra el 31 de diciembre, tienen la obligación de legalizar de forma telemática los libros Contables (Libro diario y libro de inventarios y cuentas anuales) y societarios, entre ellos, el

Leer más »