Asesoría para sociedades y autónomos

Procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio excepcional por desempleo por fin de contrato temporal

Resolución de 1 de mayo de 2020, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establece el procedimiento para la tramitación de solicitudes del subsidio excepcional por desempleo regulado en el artículo 33 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Esta Resolución, tiene por objeto determinar la forma y plazos de presentación de las solicitudes, así como la tramitación, pago y dinámica del subsidio excepcional por desempleo por fin de contrato temporal regulado en el artículo 33 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

El Real Decreto-Ley 11/2020 estableció en su artículo 33 la posibilidad de que personas trabajadoras cuyo contrato temporal hubiera finalizado con posterioridad a la declaración del estado de alarma (14 de marzo) y que carecían de cotización suficiente para acceder a la prestación por desempleo, también pudieran acceder al subsidio excepcional por fin de contrato temporal previsto, a fin de que estas personas no queden desprotegidas. Su disposición transitoria tercera estableció que en el plazo de un mes a partir de su entrada en vigor, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) establecería el procedimiento para la tramitación de solicitudes, determinando los formularios, sistema de tramitación (presencial o telemático) y plazos para su presentación, a lo que se da cumplimiento con la Resolución de 1 de mayo de 2020.

En concreto se establece:

  • El formulario previsto, disponible no en el anexo de la resolución –como en ella se indica– pero sí en la sede electrónica del SEPE, debe cumplimentarse y enviarse a la entidad gestora a través de la misma sede, teniendo efectos de presolicitud.
  • El plazo establecido para enviar la solicitud estará abierto desde el día 5 de mayo hasta el día en que se cumpla 1 mes desde la fecha en que finalice la vigencia de la declaración del estado de alarma, ambos inclusive.
  • Al configurarse esta solicitud como provisional, formalizada la misma deberá acreditarse el requisito de carencia de rentas de la persona solicitante, así como constatar que cumple otros requisitos adicionales:
    • Encontrarse inscrita como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo y suscribir el compromiso de actividad.
    • No ser perceptora de renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayuda análoga concedida por cualquier Administración pública.
    • Haber cesado de forma involuntaria, a partir del día 15 de marzo de 2020, en un contrato por cuenta ajena de duración determinada durante el cual existiera la obligación de cotizar por la contingencia de desempleo y cuya vigencia haya sido igual o superior a 2 meses.
    • No estar trabajando por cuenta propia o ajena a jornada completa en la fecha de la extinción del contrato ni en la fecha del nacimiento del subsidio excepcional.

Una vez reconocida a la persona solicitante el derecho al subsidio excepcional por desempleo por fin de contrato temporal, dicho derecho nace a partir del día siguiente a aquel en el que se haya extinguido el contrato de trabajo de duración determinada.

Tal y como ya estableció el artículo 33 del Real Decreto-Ley 11/2020, este subsidio excepcional tendrá una duración de un mes, ampliable si así se determina por real decreto-ley, y no podrá percibirse por la persona solicitante en más de una ocasión.

Con independencia de que el contrato de duración determinada previamente extinguido hubiera sido de jornada completa o a tiempo parcial, la cuantía del subsidio será igual al 80 % del indicador público de rentas de efectos múltiples mensual vigente [80% x537,84 euros (IPREM 2020) = 430,27 euros/mes], y será abonado por el SPEE a partir del mes siguiente al de la solicitud.

Puede consultar toda la información en el espacio dedicado al subsidio excepcional por fin de contrato temporal  de la web SEPE.

BOE
Source: Actualidad normativa

Publicado en Google Google
Eva María Benito profile picture
Eva María Benito
10 Agosto 2026
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
La mejor asesoría que se puede encontrar: atentos, puedes confiar en ellos, te aclaran cualquier duda, siempre disponibles....en fin, que como autónomo ignorante llevan toda tu contabilidad perfectamente. GRACIAS.
Publicado en Google Google
suely braz profile picture
suely braz
10 Agosto 2026
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Es la mejor en Santander podéis confiar.
Publicado en Google Google
Luis D.G. profile picture
Luis D.G.
9 Agosto 2026
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy buena experiencia. La asesoría cuenta con grandes profesionales que resuelven cualquier cuestión que surja en el día a día de empresas y autónomos.
Publicado en Google Google
Raquel.O S profile picture
Raquel.O S
6 Agosto 2026
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Gran equipo de profesionales
Publicado en Google Google
JUAN JOSE ORTIZ RUIZ profile picture
JUAN JOSE ORTIZ RUIZ
6 Agosto 2026
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy eficientes.
Publicado en Google Google
Carpintería Eguren S.L. profile picture
Carpintería Eguren S.L.
5 Agosto 2026
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
muy buenos profesionales, asesores y gestores muy recomendables.
Publicado en Google Google
javivi ga profile picture
javivi ga
5 Agosto 2026
Google star 1Google star 2Google star 3Google star 4Google star 5Trustindex verifica que la fuente original de la reseña sea Google.
Muy buen servicio y profesionalidad

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.


Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.


Legitimación: consentimiento del interesado.


Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD


Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control


Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

Ausencias injustificadas al trabajo
Ausencias injustificadas al trabajo ¿cómo debe actuar la empresa?

Un trabajador deja de acudir al trabajo durante varios días y no aporta una justificación suficiente. ¿Puede sancionarse? ¿Cuándo puede llegarse al despido? ¿Qué ocurre con el salario correspondiente a esos días? Aunque pueda parecer una situación sencilla, conviene no precipitarse. La empresa debe comprobar qué ha sucedido, documentar las

Leer más »
despidos objetivos
Cambia la cotización del preaviso en los despidos objetivos

Una modificación introducida por la Tesorería General de la Seguridad Social obligará a las empresas a revisar la forma en la que vienen gestionando los despidos objetivos. La compensación económica abonada cuando no se concede el preaviso deja de recibir el tratamiento aplicado hasta ahora y pasa a formar parte

Leer más »
Asesoria Santander, logotipo ASINEM 128x50
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.