El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 6/2024, publicado el 6 de noviembre en el BOE y en vigor desde el 7 de noviembre de 2024, que implementa una serie de medidas laborales específicas para ayudar a aquellos municipios afectados por la DANA entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. Estas medidas buscan apoyar a empresas, trabajadores y autónomos de las zonas afectadas, ofreciendo alivio en cotizaciones, moratorias en cuotas, aplazamientos y mejoras en beneficios, entre otros aspectos.
A continuación, se desglosan las principales disposiciones del decreto y su impacto en la protección laboral y la Seguridad Social.
Medidas Principales para Empresas y Trabajadores Afectados
Exenciones en la Cotización de la Seguridad Social (Artículo 18)
Las empresas ubicadas en municipios afectados que hayan recurrido a un ERTE debido a la DANA podrán acceder a una exención completa (100%) de las cuotas empresariales de la Seguridad Social. Esto incluye contingencias comunes y profesionales, así como otros conceptos de recaudación conjunta, aplicable de noviembre de 2024 a febrero de 2025.
Para beneficiarse de esta medida, las empresas deben estar registradas en las localidades indicadas en el anexo de la norma y contar con un código de cuenta de cotización asociado al ERTE.
Aplazamiento y Moratoria en el Pago de Cuotas (Artículo 19)
Esta medida permite aplazar el pago de las cuotas a la Seguridad Social para las empresas (octubre de 2024 a enero de 2025) y los autónomos (noviembre de 2024 a febrero de 2025) con un tipo de interés reducido del 0,5%. Los pagos se distribuirán en mensualidades y podrán extenderse hasta un máximo de 16 meses.
Adicionalmente, se podrá optar por una moratoria de hasta un año en el pago de estas cuotas, sin intereses adicionales. No obstante, es importante señalar que la moratoria y el aplazamiento son mutuamente excluyentes, es decir, no se pueden solicitar ambos para el mismo periodo.
Extensión del Plazo para el Ingreso de Cuotas (Artículo 20)
Las empresas y autónomos en las zonas afectadas tendrán un mes adicional para ingresar las cuotas de la Seguridad Social correspondientes. Esta medida será aplicable a las empresas desde octubre de 2024 hasta enero de 2025 y a los autónomos de noviembre de 2024 a febrero de 2025.
Suspensión Temporal de los Procedimientos de Recaudación (Artículo 21)
Desde el 7 de noviembre de 2024 y hasta el 28 de febrero de 2025, se suspenden los procedimientos de recaudación de cuotas de la Seguridad Social para empresas y autónomos afectados, permitiendo a los contribuyentes un respiro financiero durante este período de recuperación.
Extensión para la Presentación de Liquidaciones Anteriores (Artículo 22)
Las empresas afectadas tendrán la posibilidad de presentar y abonar las cuotas de septiembre y octubre de 2024 en noviembre, sin recargos ni intereses.
Flexibilidad en la Gestión de Bajas y Variaciones en Seguridad Social (Artículo 23)
Las empresas en las zonas afectadas tendrán 30 días naturales para realizar las bajas de trabajadores en caso de cese de actividad debido a la DANA. Además, podrán notificar cualquier cambio en la jornada laboral o suspensiones temporales hasta la última solicitud de cálculo de liquidación de cuotas.
Acceso a Prestación por Cese de Actividad para Autónomos (Artículo 24)
Los autónomos en las zonas afectadas podrán solicitar la prestación por cese de actividad sin necesidad de demostrar fuerza mayor. Este período de percepción no afectará el cálculo de futuros periodos de prestación, proporcionando así un alivio en los ingresos de estos profesionales.
Tratamiento Especial de Incapacidad Temporal (Artículo 25)
Las incapacidades temporales derivadas de la DANA serán tratadas como accidentes de trabajo, asegurando una mayor cobertura de la Seguridad Social para empleados y autónomos dados de alta al momento del desastre.
Procedimientos Flexibles de Seguridad Social (Artículo 26)
Si las personas afectadas no pueden presentar documentos requeridos para recibir sus prestaciones, podrán utilizar declaraciones responsables. Además, se flexibilizan los requisitos de identificación, reduciendo así barreras administrativas.
Incremento Extraordinario del Ingreso Mínimo Vital y Pensiones No Contributivas (Artículo 28)
Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital y las pensiones no contributivas en las áreas afectadas recibirán un incremento del 15% en sus prestaciones de noviembre de 2024 a enero de 2025, mejorando la cobertura de los afectados durante los meses posteriores a la catástrofe.
Suspensión de los Plazos Procesales en el Orden Social (Disposición Adicional Décima)
Del 30 de octubre al 10 de noviembre de 2024, se suspenden los términos y plazos procesales en todos los órdenes jurisdiccionales en los órganos judiciales de la provincia de Valencia, con posibilidad de prórroga si persisten las condiciones de emergencia. La suspensión no afectará los procedimientos relacionados con conflictos colectivos y derechos fundamentales. Además, los jueces podrán autorizar actuaciones necesarias para evitar perjuicios irreparables.
Resumen de las Principales Medidas Laborales del Real Decreto-ley 6/2024
Medida | Descripción | Periodo Aplicable |
Exenciones en Cotización | Exención completa del 100% de la cotización empresarial en Seguridad Social para empresas en ERTE. | Noviembre 2024 a febrero 2025 |
Aplazamiento de Cuotas | Aplazamiento de cuotas de la Seguridad Social con un interés del 0,5%, amortizable hasta en 16 meses. | Empresas: Octubre 2024 – Enero 2025 / Autónomos: Noviembre 2024 – Febrero 2025 |
Moratoria en el Pago de Cuotas | Moratoria sin intereses en el pago de cuotas, por un año máximo. | Empresas: Noviembre 2024 – Febrero 2025 / Autónomos: Diciembre 2024 – Marzo 2025 |
Prórroga para el Ingreso de Cuotas | Extensión de un mes para ingresar las cuotas correspondientes a los periodos afectados. | Empresas: Octubre 2024 – Enero 2025 / Autónomos: Noviembre 2024 – Febrero 2025 |
Suspensión de Procedimientos de Recaudación | Suspensión temporal de los procedimientos de recaudación de Seguridad Social para empresas y autónomos afectados. | Hasta el 28 de febrero de 2025 |
Extensión para Liquidaciones Anteriores | Permite presentar y pagar cuotas de septiembre y octubre de 2024 en noviembre sin recargos. | Mes de noviembre de 2024 |
Prestación por Cese de Actividad | Acceso a la prestación por cese de actividad sin necesidad de justificar fuerza mayor. | Desde el 29 de octubre de 2024 |
Incremento del Ingreso Mínimo Vital (IMV) | Aumento temporal del 15% en el IMV para beneficiarios en las áreas afectadas. | Noviembre 2024 a enero 2025 |
Incremento en Pensiones No Contributivas | Incremento temporal del 15% en pensiones de jubilación e invalidez para residentes en áreas afectadas. | Noviembre 2024 a enero 2025 |
Suspensión de Plazos Procesales en el Orden Social | Suspensión de plazos procesales en órganos judiciales de la provincia de Valencia. No afecta a conflictos colectivos y derechos fundamentales. | 30 de octubre a 10 de noviembre de 2024 (prorrogable) |
Si quieres conocer en profundidad cómo estas medidas pueden aplicarse a tu caso particular o deseas recibir asesoramiento especializado en temas laborales, ponte en contacto con nosotros. Estamos aquí para ayudarte a navegar en estos momentos y a gestionar cualquier trámite necesario.